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jueves, 5 de junio de 2014

Despenalización, por Hernán Corral.






Despenalización,
por Hernán Corral.


El Gobierno ha anunciado que en el segundo semestre mandará indicaciones para que el Congreso apruebe la "despenalización" del aborto en tres supuestos: riesgo de vida de la madre, violación e inviabilidad del feto. En su discurso del 21 de mayo, la Presidente Bachelet pidió que se enfrentara esta realidad con una "discusión madura, informada y propositiva". Para lograr este objetivo, lo mínimo sería precisar bien los términos que se emplean en el debate, para evitar confusiones originadas en la atribución de significados distintos a las palabras. Una de ellas es la voz "despenalización", elegida cuidadosamente para aludir al alcance jurídico que tendría el proyecto de Ley sobre aborto.


Cabe poner en duda que el vocablo esté siendo correctamente utilizado en este caso. Despenalizar consiste en que la ley renuncia a seguir sancionando penalmente una conducta que hasta ese momento era considerada como delito. Es un cambio de política criminal que no transforma esa conducta en lícita ni impide que su ilicitud merezca otro tipo de sanciones no penales. Por ejemplo, en 1994 la Ley N° 19.335 despenalizó el adulterio. Hasta entonces, el que una mujer casada intimara con un hombre que no era su marido era castigado por el Código Penal. Por diferentes razones que no es del caso examinar ahora, se llegó a la conclusión de que no debía seguir empleándose la amenaza de una pena para promover la fidelidad conyugal. Pero la despenalización no convirtió el adulterio en un acto lícito ni menos en un derecho del cónyuge infiel. La misma ley agregó una norma al Código Civil para expresar que la infidelidad es una grave infracción a los deberes matrimoniales, frente a la cual proceden sanciones civiles como la separación o el divorcio. Algo parecido sucedió con la Ley N° 19.911, de 2003, que eliminó la penalización de los ilícitos contra la libre competencia (entre ellos, la colusión) para aplicar otro tipo de sanciones como la modificación de contratos o multas.


¿Es esto lo que se propone cuando se propicia "despenalizar" el aborto? Claramente no.


De las declaraciones de las autoridades se desprende que lo que se busca no es solo que la mujer y quienes cooperen en la destrucción del feto queden liberados de sanción penal, sino que estén autorizados a hacerlo de un modo lícito. Es más, se lo concibe como una "prestación de salud" que debería ser otorgada por centros clínicos tanto públicos como privados. Se entiende que la discusión haya derivado en si los médicos o las instituciones de salud podrán invocar una objeción de conciencia para no practicar abortos cuando sean requeridos para ello.


La experiencia del derecho comparado confirma que, aunque se trate de un aborto restringido a ciertas causales, no es posible una mera despenalización. Lo que ocurre es una legalización y, más aún, la conversión del aborto en un derecho. La mujer ya no solo no es penada, sino que goza del derecho a abortar y se generan los efectos propios de esa calificación. Entre ellos está la responsabilidad civil del médico que, por una supuesta negligencia, no permite u obstaculiza la opción de la mujer de abortar. Por ejemplo, si el ginecólogo que trata el embarazo no diagnostica la anomalía que pueda ser causa de inviabilidad del feto, podrá ser luego demandado por la madre que dio a luz al niño enfermo, pidiéndole que le indemnice los perjuicios causados por no haber podido recurrir al aborto para evitar su nacimiento. Esto, que resulta chocante para una sociedad como la chilena, ya es aceptado por los Tribunales de los países donde el aborto ha sido legalizado. Son casos que se conocen con un nombre significativo: wrongful births ("nacimientos injustos").


Sería conveniente dejar de hablar de una buena vez de "despenalización", cuando lo que se pretende es consagrar un derecho al aborto, e incluir en la discusión "madura e informada" las repercusiones que ello tendría en el conjunto del ordenamiento jurídico.


Los países que tratan de vivir sin valores
terminan por desvalorizar la vida de sus ciudadanos.

martes, 3 de junio de 2014

El aborto: "Una discusión madura, informada y propositiva", por Juan Ignacio González.










El aborto: "Una discusión madura, informada y propositiva", por Juan Ignacio González, Obispo de San Bernardo.


"Cabría decir que estamos de acuerdo, a estas alturas, en que el aborto termina con 'alguien', no con algo..."


El Gobierno camina hacia una Ley de aborto. La Presidente de la República la impulsa. "Chile debe enfrentar -dijo- en una discusión madura, informada y propositiva esta realidad, debatiendo en el Parlamento un proyecto de Ley que despenalice la interrupción voluntaria del embarazo en casos de riesgo de vida de la madre, violación e inviabilidad del feto".


La Nueva Mayoría parece creer tener los votos para hacerlo. Entre ellos cuentan los de bastantes católicos que teóricamente rechazan todo tipo de aborto, pero "están dispuestos a estudiarlo". Algunos son de partidos del Gobierno y otros de la oposición. No se nos ha dicho que se quiere establecer el aborto (ab-ortus, es decir, etimológicamente "privación de nacimiento"). Se usan palabras suaves como "interrupción del embarazo", que es ocultar la verdad de fondo, porque algo que se interrumpe es algo que luego puede continuarse, y en este caso no es así.


En el ámbito de la medicina se distinguen cuatro casos de "aborto provocado": el llamado terapéutico, que se relaciona con una enfermedad de la mujer; el aborto eugenésico, que se relaciona con alguna enfermedad o malformación del que está por nacer; el humanitario, que está vinculado con la violación, y el psicosocial, que se vincula a la situación de inestabilidad de la futura madre por razones económicas o sociales. Pero todas ellas se oponen a una visión antropológica acerca de la verdad de la persona humana y ninguna justifica que se intervenga para quitar el, diríamos, "obstáculo" que puede significar el embarazo.


Lógicamente que estos planteamientos que justifican en muchas Legislaciones el "aborto provocado" son penosos, dramáticos, y no se pueden simplemente desconocer. Es necesario escucharse y dialogar las razones de unos para proponer el aborto provocado en estos casos -que son exactamente los que la Presidente ha enunciado en su mensaje- y las de otros que sostienen que en ninguno de ellos se puede resolver la cuestión quitando la vida al ser que ya está en su desarrollo intrauterino.


Un planteamiento que nos puede ayudar en ese diálogo es preguntarnos cuándo realmente se origina un "ser humano", de forma que intervenir sobre él directamente para que no continúe su desarrollo sería un aborto. Si se intenta resolver el asunto argumentando, por ejemplo, que la mujer es "dueña de su cuerpo", o que el ser que está en el seno "es parte o apéndice de la madre", entonces no habrá posibilidad alguna de diálogo. Desde el punto de vista científico-médico nadie sostiene esta postura.


El otro ámbito es preguntarse por la personalidad del ser que está en desarrollo, es decir, saber si lo fecundado es ya un ser personal, sujeto de derechos, al menos del derecho a vivir, o más directamente una persona. Algunos lo niegan y estiman que en esta etapa se puede anular una vida sin pasar a llevar derecho alguno. Hay sabios y grandes científicos en uno y otro bando. Sobre esta discusión cabe avanzar, para llegar a una proposición aceptada.


Por ejemplo, podríamos estar de acuerdo en que la unión del óvulo y el espermatozoide humano da lugar a "vida humana", un ser vivo de nuestra especie. Luego, también se podría llegar a un acuerdo de que este óvulo fecundado, luego preimplantado, aun antes de la anidación, posee un código genético propio, único e irrepetible. Su anidación y desarrollo no agrega nada al código que ya tenían al inicio. En esto también los científicos están de acuerdo.


Ahora, ¿este cúmulo de células humanas puede ser llamado "ser humano"? Los científicos nuevamente discuten. Pero aceptan que es "vida humana", como ya hemos dicho. Algunos piensan que no es propio desde el punto de vista científico adentrarse a decir si es o no "persona", ya que este es un concepto antropológico que no pertenece a la biología. También sabemos por la embriología qué sucede en cada una de las semanas de desarrollo de esa vida humana, cuando aparece cada órgano, el sistema nervioso y los signos de cierto desarrollo intelectual. Es decir, con los datos científicos nadie hoy niega que aniquilar el ser que viene es eliminar una vida corporal de nuestra especie en desarrollo, o diríamos una vida que tiene elementos claros de una propia personalidad y unicidad.


Cabría decir que estamos de acuerdo, a estas alturas, en que el aborto termina con "alguien", no con algo. Tanto los hombres de ciencia como los filósofos y los teólogos estarán de acuerdo en que desde el momento de la concepción estamos ante un hecho progresivo, continuo y constante, sin fisuras, es decir, un proceso que si no se interrumpe dará lugar a la llegada de un ser humano.


Nada hemos citado de la Biblia o de las enseñanzas de la Iglesia. Hemos intentado caminar desde la pura racionalidad. Si convenimos que, en efecto, se trata de un ser vivo, de la especie humana, con unicidad y desarrollo progresivo y constante, podremos luego decir que es una persona, sujeta a derechos y que, por tanto, en virtud de la dignidad de toda persona y de los derechos humanos fundamentales, nadie, por razón alguna, puede decidir coartarle su derecho a venir a vivir con nosotros.

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