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martes, 6 de noviembre de 2007

ABORTO, Cromen Abominable, por Profesor Alexander Torres Mega.

ABORTO, "CRIMEN ABOMINABLE"
Escribe: Prof. Alexander TORRES MEGA



Una vez más, el tema del aborto ha sido puesto sobre el tapete de discusión pública. En esta ocasión, a partir del impulso dado especialmente por activistas políticos de sectores marxistas -acompañados de algunos legisladores de otros partidos- para un nuevo intento por lograr su despenalización. Hoy vemos que, en forma compacta, los legisladores del conglomerado que agrupa a marxistas y filo-marxistas (más allá de maquillajes y de alguna excepción hipócrita y esquizofrénica) están -en bloque- a la vanguardia de esta nueva embestida abortista.

La búsqueda de soluciones para todo problema real requiere el planteamiento adecuado del mismo. Presentar falsas alternativas, invertir los términos de la cuestión, creer que es causa aquello que es consecuencia, omitir lo esencial o pretender transformar lo fundamental en accesorio nos conducirá por caminos equivocados que no solamente alejarán la verdadera solución, sino que agravarán los problemas originarios.

Lo que esencialmente se pone en cuestión cuando se plantea el problema del aborto es el derecho a la vida del cual es titular todo ser humano por su sola condición de tal. El derecho a la vida es básico, esencial, primerísimo, precede a todos los otros. Sin la vigencia efectiva del derecho a vivir, los demás derechos pierden sentido; si cae el derecho a la vida, caen con él todos los derechos dado que es, en realidad, un presupuesto de ellos.

Nuestra Constitución le confiere el primer lugar (Art.7º) entre los derechos humanos a cuyo goce tienen derecho todos los habitantes de la República.

La vida humana posee valor intrínseco innegable. Es sagrada e intangible. Debe ser protegida desde su inicio y a lo largo de todas las etapas de su desarrollo. Y ¿cuándo se inicia?, ¿desde qué momento existe vida, vida humana? A la luz de la evidencia científica, particularmente de los últimos avances de la genética, se ha demostrado, de modo fehaciente e innegable, que la única respuesta verdadera es que la vida humana comienza en el mismo instante de la concepción. Desde ese momento existe un ser humano que es biológicamente distinto, único e irrepetible. Es un nuevo individuo de nuestra especie. Su composición genética lo identifica. Posee perfectamente codificado su desarrollo físico y mental. Se encuentra en un proceso continuo y autoprogramado de crecimiento y de desarrollo. Constituye una unidad sustancial, biológica, anatómica y fisiológicamente distinta. Las propiedades biológicas y genéticas están presentes. Es una realidad actual y no futura. El feto vive y es humano. Es un ser humano y lo es desde el primer instante de su existencia como sujeto viviente.


Vida humana. Derecho a vivir - derecho a nacer

Estar a favor o en contra del aborto y de su pretendida despenalización envuelve fundamentalmente una cuestión de principios filosóficos y no debe ser apenas el resultado de la casuística que se observe. Sin menospreciar las consecuencias prácticas que el aborto (clandestino o legalizado) puede traer consigo, lo primordial será la concepción antropológica que se sustente.

El respeto a la vida humana no se impone únicamente a los cristianos, dado que basta la recta razón para exigirlo, reconociendo lo que es y debe ser una persona. No es sólo la ley divina la que condena matar a un inocente, puesto que la ley natural también lo hace. Esa ley natural es descubierta por muchos que, sin pertenecer a una confesión religiosa determinada, igualmente reprueban el aborto por entender que afecta gravemente la moral individual, familiar y social. Ese dictado de la ley natural y divina debe ser recibido y consagrado expresamente por la ley positiva.

En el polo diametralmente opuesto a la concepción antropológica de signo cristiano, encontramos a quienes, respondiendo a una visión materialista y atea, no tienen objeciones doctrinarias que presentar a las prácticas abortivas. Así, quienes se afilian al materialismo marxista han venido sosteniendo, sin el más mínimo escrúpulo, la conveniencia del aborto por motivos utilitarios inmediatos.

Desconociendo la ilicitud moral y jurídica del aborto, los marxistas suelen ser los más fanáticos defensores de la agresión abortista y los más activos propulsores de la legalización del aborto en aquellos países donde su práctica se penaliza. En el desprecio a normas éticas y en su furia anticristiana, el marxismo-leninismo encuentra el motor que lo impulsa a agravar la descomposición moral del mundo occidental. Esa tarea de descomposición ya no le resulta tan difícil desde que Occidente –en medio de su profunda crisis– muestra síntomas de estar olvidando valores superiores.

No sorprende que haya sido la Unión Soviética, en 1920, quien haya tenido el tristísimo privilegio de marcar el inicio en reformas legislativas liberalizadoras del aborto. La ex URSS, en ese año, fue la primera en legalizar el aborto. Tampoco sorprende que la otra cara de la misma medalla, el nazismo, haya practicado, sin escrúpulos, abortos, esterilizaciones y eutanasia, consecuente con el desprecio por la vida humana que lo caracterizó.

En China comunista hay abortos coactivos si el matrimonio ya tuvo un hijo; y desde 1995 la ley ordena "recomendar" a las madres que aborten embarazos de niño discapacitados (ASD prensa, año X, ed. 381, nov. 1994).

Cuba es Isla-cárcel y además Isla-cementerio de innumerables mártires y de millones de bebitos asesinados a través de una política de estado que incluye técnicas de abortos masivos aplicadas en los hospitales públicos. Por haber denunciado esta forma de genocidio, ha sido torturado y encarcelado el Dr. Oscar Elías Biscet, quien fue declarado prisionero de conciencia por Amnistía Internacional.

El "Centro Carlos Marx"
http://centrocarlosmarx.americas.tripod.com ) ofrece la que parece ser la más elaborada prédica a favor del aborto, así como la recomendación de formas tácticas para avanzar hacia la imposición de su legalización. Otro tanto puede decirse del discurso y los métodos de quien fue diputado comunista, Rafael Sanseviero.

Por encima de todo lo que se quiera decir en sentido contrario, el feto no es un tumor, no es un apéndice inflamado, no es tejido gangrenado, no es un cáncer. El feto no es un artículo despreciable que si molesta se tira al basurero. Es PERSONA y, en cuanto tal, tiene como principal e inalienable derecho el derecho a vivir.

Es preciso defender con firmeza la inviolabilidad de la vida humana que integra la defensa de los derechos y de la misma dignidad del ser humano. Se debe exigir el respeto absoluto por la vida humana desde la concepción y, en consecuencia, rechazarse el aborto. Hay que preservar la vida y no destruirla.


Sofismas en torno a las consecuencias de la clandestinidad

Entre los diversos argumentos esgrimidos por quienes defienden las prácticas abortivas y por aquellos otros que, a pesar de admitir que el aborto es un mal, pretenden su despenalización, resurge hoy el que subraya lo elevado del número de abortos clandestinos que se practicarían. A partir de este énfasis en la cantidad afirman:

a) la ley –que reputa el aborto como delito– haría que exista una gran cantidad de delincuentes, quienes serían condenados a prisión si se aplicaran efectivamente las normas vigentes.

b) la clandestinidad del aborto hace que éste se practique en lugares y condiciones sanitarias deficientes, lo cual ocasiona lesiones y muerte en las mujeres que abortan.

c) la existencia de la ley que penaliza el aborto no impide que éste se practique en proporciones altísimas.

Y agregan: la ley no se aplica, dado que las autoridades policiales y judiciales hacen la vista gorda. También afirman que ni la policía ni la justicia penal disponen de los medios necesarios para investigar y procesar a tan elevado número de presuntos delincuentes.

Concluyen que, al convertirse en lícito el aborto que hasta hoy es considerado delito, se solucionarían las consecuencias perjudiciales y "descubren" que, -oh genialidad- desaparecido el delito, desaparecen con él los delincuentes. Así de simple y clara la solución "descubierta": desaparecida la figura delictiva, convertido el aborto en conducta legalmente admitida, ya no habrá que preocuparse con investigar y procesar a tanta gente.

********

Se sostiene que las mujeres que abortan clandestinamente sufren graves lesiones o mueren por el hecho de ser atendidas por inexpertos o concurrir a lugares que no ofrecen condiciones higiénicas. Esas lesiones y muertes no ocurrirían –dicen– si se despenaliza el aborto y éste se practicara en sitios que ofrecieran garantías técnicas.

Se impone un primer interrogante: ¿Por qué‚ ante tantas y tan graves consecuencias del aborto clandestino, no reconocer allí una razón poderosa más para evitarlo y combatirlo, en vez de «hacer la vista gorda» o despenalizarlo? ¿Por qué no prevenir y reprimir con mayor eficacia?

Nadie niega que deben evitarse, por todos los medios lícitos, las consecuencias perjudiciales de aquellas conductas que son legal y moralmente admitidas. Pero aquí estamos ante una acción delictiva y por tanto punible. No puede extrañar que de la clandestinidad de un comportamiento surjan efectos perjudiciales. De hecho, las acciones ilegales aparejan perjuicios para sus víctimas y muchas veces también para los mismos protagonistas.

Cabe presumir, además, que -como casi todo negocio sucio- tenga por escenario lugares que no posean garantías higiénicas. Estas prácticas clandestinas suelen tener como intermediarios y realizadores a individuos inescrupulosos provenientes del bajo mundo, que no muestran temor a desafiar toda ley. Cabe preguntarse, asimismo, por qué les va a preocupar demasiado que la madre que aborta termine con una infección más o menos grave, si no les significa un mayor problema de conciencia sacrificar a un ser inocente e indefenso que habita en el seno materno. Además, saben también que, como resultado de ese delito, la mujer que puede resultar lesionada o muerta es la que contrató con ellos, la misma que consintió en el cometer ese mismo delito.

No es cierto que todos los peligros, riesgos e inconvenientes desaparecerían con la despenalización del aborto, como insinúan quienes la pretenden. En aquellos países donde el aborto está autorizado y, por tanto, se le practica en centros hospitalarios que ofrecen garantías técnicas, la mortalidad materna es muy superior en el aborto que en el parto. El peligro de muerte es doble por aborto que por parto normal. A estos datos deben agregarse las perturbaciones físicas y psíquicas que aparecen como trastornos tardíos en la mujer que aborta. Al trastocarse radicalmente la misión de la madre, surgen fatales e inexorables consecuencias físicas y morales.

La naturaleza –Dios, el Creador de esa naturaleza, sostenemos los cristianos– colocó en la intimidad del seno materno a ese nuevo ser para que tuviese allí protección ante todo peligro exterior. Y cuando la madre decide matar esa vida está invirtiendo gravemente los términos de esa realidad. Es trágica la subversión que nos muestra a la madre, encargada de preservar al hijo de todo mal, tomar la decisión de condenarlo a morir. Esto es atentar contra la naturaleza. Y esa decisión de poner fin a la vida de su propio hijo traerá para esas madres terribles remordimientos que no serán evitados por una ley que fabriquen los políticos ni por psicólogo o psiquiatra freudiano alguno. Su conciencia la condenará, aunque el derecho penal, los políticos y los psicoanalistas no lo hagan.

Las opiniones de médicos y psicoterapeutas que presentan al aborto como salida legítima jamás lograrán silenciar las conciencias de las madres que matan a sus hijos. Ellas perderán el sueño y se angustiarán pensando en ese hijo que ya no vive por su causa. Lo más íntimo de su ser las acusará, aunque la ley, las militantes feministas y ciertos "trabajadores de la salud" le digan que no cometió delito.

No resulta difícil entender por qué la tentativa de suicidio se multiplica en las mujeres después de haber abortado. Tampoco hay que hacer un mayor esfuerzo para comprender el hecho de que el alcoholismo y la delincuencia femenina aumenten progresivamente en aquellos países en los que se ha legalizado el aborto.


Naturaleza de conductas. Casuística y doctrina.

Se afirma que la legislación vigente –que reputa delito el aborto– no se aplica, ya que las autoridades policiales y judiciales hacen la vista gorda, y que este delito se comete en forma apenas velada, casi a la luz del día. Si la ley se aplicara seria y eficazmente, muchas personas irían a parar tras las rejas dado que es muy grande el número de abortos clandestinos que se practicarían.

Sin perjuicio de reconocer que parecería existir consenso en cuanto a que es elevado el número de abortos, conviene tener presente que toda cifra que se maneje al respecto no puede ser presentada como absolutamente cierta y precisa dado que, por varias razones (entre ellas, la misma clandestinidad), no es posible obtener determinaciones numéricas válidas y confiables. Por tanto, conviene ser prudente en las estimaciones y no exagerar las cifras que hagan a este problema más alarmante de lo que realmente es, para luego, en base a ello, reclamar la despenalización.

Es preciso entender que, por repetida que sea una conducta, ella no pasa a ser conveniente, ni buena, ni legítima en sí misma. Habrá que ver si es o no buena en su propia naturaleza y demostrar así su bondad intrínseca.

Sin perder de vista las reiteradas violaciones de una norma y las consecuencias que trae consigo, lo fundamental es observar los comportamientos en sí mismos, analizar si ellos son o no deseables, para saber si lo adecuado será permitirlos, estimularlos o prohibirlos.

Cuando un delito se comete con frecuencia, no se puede ni se debe renunciar a su combate, confesando impotencia. En vez de revelar debilidad, es preciso redoblar esfuerzos, con miras a una mayor eficacia en la lucha contra el vicio. Habrá que atacar las causas del mal y no sus efectos; menos aun utilizar los efectos que se constaten para pretender justificar la conversión de una conducta criminal en permitida. No es cuestión de fabricar justificaciones para que, por medio de la ley, se haga pasar por buena una conducta reprobable.

En otros términos, si un delito se hace frecuente, al punto de alarmar por sus graves consecuencias, la solución no radica en tolerarlo o permitirlo, sino en prevenirlo y reprimirlo con la máxima energía que proporcionan los medios legalmente admitidos.

El Derecho Positivo se orienta hacia valores y debe aspirar a realizar las exigencias de la justicia con relación a una realidad social determinada. Esa realidad no puede obligar al Derecho a claudicar, sino que, por el contrario, es el Derecho el que está llamado a ordenarse, del modo que más convenga a la dignidad de la persona y al bien común.

En nuestro país, hace poco tiempo, la opinión pública se enteraba, con indignación comprensible y compartible, del aumento alarmante de violaciones que se venían cometiendo. La repugnancia que tal delito despierta, hizo que se escucharan exigencias de un mayor contralor y de una más severa represión. Hasta se llegaron a oír opiniones en torno a la necesidad de implantar la pena de muerte para quienes cometieran semejante delito. Si ante tal situación –y aduciendo el número elevado de delincuentes– alguien hubiese osado siquiera insinuar la posibilidad de atenuar la represión del delito, hubiera merecido –con toda justicia- la más enérgica reprobación de la población.

El más elemental sentido común indica que si de la comisión de un delito que recrudece surgen numerosas víctimas y nefastos efectos, lo razonable es multiplicar esfuerzos para evitarlo, prevenirlo y reprimirlo. No es admisible que, basándose en el aumento escandaloso de un delito y sus perjudiciales consecuencias, se pretenda transformar esa conducta delictiva en un comportamiento legalmente admitido. Si esa conversión fuera aceptada, en cualquier momento se podría reclamar la legalización de las rapiñas, de las violaciones, del tráfico de estupefacientes, etc., y entonces, también en estos casos, no se tendría que enviar a tantas personas a prisión y hasta nos ahorraríamos algunas consecuencias desfavorables de la clandestinidad de esas acciones que dejarían de ser delictivas.


Ideal de justicia y aplicación del Derecho

La realidad social es regulada por el Derecho y a la razón le compete indicar la forma de ordenarla. La idea de justicia es la vía universalmente válida para ordenar en lo jurídico las situaciones reales y concretas. El pretender ser justo pertenece a la esencia misma del Derecho. No se entiende el sentido de lo jurídico si se prescinde del ideal de justicia. Sin perjuicio de esto, es innegable que ha habido, hay y puede haber Derecho injusto. El pasado y el presente ofrecen un abundante repertorio de leyes y costumbres injustas.

Las normas jurídicas requieren previamente una estimación en la cual fundarse. Constatada la situación de hecho que se pretende regular, se impone su valoración y habrá preferencias que llevarán a decidir si deben combatirse o no ciertas conductas. En ese entendido, las normas son la expresión de un juicio de valor.

En la redacción de las normas, el legislador se conducirá conforme a los valores que desee ver vigentes en la sociedad y por eso el contenido del Derecho Positivo variará de acuerdo con la concepción doctrinaria que posean quienes se encarguen de su elaboración.

Las normas están destinadas a orientar la conducta humana, haciendo posible la convivencia en orden y seguridad, garantizando derechos e imponiendo obligaciones.

El Derecho se propone la realización de un orden justo y por ello puede y debe prohibir todo acto que implique una injusticia inferida a otra persona o a la sociedad. No puede admitirse que el Derecho quede vacío de orientación ética. Tampoco es aceptable que el Derecho obligue a la realización de aquello que es prohibido por la moral o impida realizar algo que la moral manda cumplir. Cuando se trate de un comportamiento moralmente valioso, lo razonable será permitirlo e incluso estimularlo; pero cuando se trata de una conducta reprobable, se impone su prevención y represión.

Son los legisladores y las autoridades policiales y judiciales quienes tienen la responsabilidad del bien común y la custodia de las buenas costumbres. Deben evitar que se degrade la moralidad pública y deben velar por los derechos que todo ser humano posee por su sola condición de tal, comenzando por el derecho a la propia vida. Esos derechos inherentes a la personalidad del hombre no dependen de la arbitrariedad de las opiniones ni de las veces que sean violados, ni de la mitad más uno de los legisladores.


Coercibilidad de la norma jurídica

Para que haya Derecho, es preciso que se dé un orden justo y de seguro cumplimiento. El solo enunciado de la norma no es suficiente y resulta indispensable asegurar su vigencia efectiva mediante procedimientos eficaces, previendo, organizando y aplicando la sanción cuando se constatan violaciones.

La norma jurídica lleva esencialmente anexa la posibilidad de que su cumplimiento sea impuesto por la fuerza. No hay Derecho sin ese carácter de coercibilidad.

Nadie duda acerca de la importancia de la adhesión voluntaria de las personas al orden jurídico, para que éste cumpla eficazmente sus fines. Es deseable que los hombres cumplan con las normas, no por el temor a la sanción, sino por imperativo de sus propias conciencias. Ese cumplimiento espontáneo es un ideal del legislador que procurará la adhesión de eso que llamamos "opinión pública". Pero las normas deben cumplirse con la voluntad del sujeto obligado, sin esa voluntad y aun, si fuese necesario, en contra de ella.

Cuando un sujeto no cumple espontáneamente, el precepto le impone la ejecución de lo debido o le impide la realización de lo prohibido y, si es preciso, utilizando la fuerza. Es irrelevante la simple opinión del obligado si no le asiste el Derecho ante las normas jurídicas que son de imposición inexorable. Que los deudores estén o no conformes con pagar sus deudas o que los delincuentes opinen que en vez de haber delinquido han hecho un bien, no puede impedir que la norma se cumpla y se les imponga la condena que corresponda. Es absurdo sostener lo contrario y supondría propugnar el anarquismo.

Ante la eventualidad del incumplimiento, se debe poner en marcha la sanción prevista. Habrá que procurar evitar la infracción; pero si ella se constata, hay que remediarla. Si fracasa la acción preventiva, se tendrá que reprimir, porque las conductas antijurídicas son penadas. Si bien –como entendió Pascal– la fuerza sin la justicia es tiránica, no es menos cierto que la justicia sin la fuerza es impotente y por ello hay que lograr que lo justo sea fuerte, que se cumpla real y efectivamente. Habrá entonces que impedir la comisión del delito, por todos los medios moral y legalmente válidos.

Es deseable evitar todo comportamiento contrario a la ley y, en tal sentido, importan las campañas educativas, porque es preferible (e inclusive más eficaz) persuadir antes que castigar.

Atendiendo a lo que hasta aquí se dijo, tenemos una conducta que es legal y moralmente ilícita, frente a la cual (con todos sus efectos) corresponde actuar asegurando el fiel cumplimiento de la ley, montando los mecanismos de contralor necesarios y graduando la severidad del sistema punitivo a la gravedad del crimen que se comete. No puede compartirse ni el "hacer la vista gorda", ni la despenalización, que no evitarán el mal sino que suponen cometer un gravísimo atentado contra la vida humana.

Ante el derecho inalienable a la vida, del cual es titular cada individuo de la especie humana, es preciso subrayar el deber de todos los demás de respetarlo, absteniéndose de atentar contra él. Todo homicidio es condenable y el sacrificio de víctimas inocentes e indefensas que supone el aborto también lo es y en forma agravada.

Ninguno de los argumentos esgrimidos en favor del aborto puede dar objetivamente derecho para disponer de la vida humana, ni siquiera en sus comienzos. Nada puede invocarse válidamente para con ello justificar la eliminación de la vida de un ser inocente.


Dignidad humana y voz interior

Resulta paradójico constatar cómo, al mismo tiempo que se insiste en la necesidad de asegurar la vigencia de derechos y libertades fundamentales, se pretende desconocer o menospreciar el derecho a la vida que es violado cuando se practica el aborto, ese "crimen abominable".

Cuesta entender cómo, en medio de tantos discursos en pro de los derechos del niño, se pretende impedir, al mismo tiempo, el nacimiento de tantos y tantos niños, negándoles, de ese modo, su derecho a vivir.

También en esta época es común encontrar personas y organizaciones que son defensoras fervientes de la vida de los animales y las plantas; existen estados que castigan severamente a quienes abandonan animales y, al mismo tiempo, hay países que permiten la masacre de niños que habitan el seno materno.

En varios países, incluyendo el nuestro, los animales son enterrados en cementerios especialmente construidos para ese fin y también hay lugares donde las criaturas humanas, arrancadas del vientre materno, van a parar a un tacho de basura.

Alarma observar hasta qué punto se viene oscureciendo el sentido de la vida humana. Por ello, es necesario afirmar y defender la dignidad radical del hombre, de su vida y de sus derechos, promoviendo el respeto por los verdaderos valores humanos.

Mientras se plantee una y otra vez el problema del aborto, nadie debe dejar de tener presente que ni la propaganda con sus sofismas, ni la opinión de los políticos, ni el texto de una ley humana serán capaces de impedir la voz interior de las conciencias de las mujeres que abortan y de sus cómplices. Es seguro que se intentará insensibilizar y apagar los sentimientos de culpa pero, pese a todo, la voz de la sangre inocente gritará y nadie podrá silenciarla. Nada ni nadie puede amordazar conciencias.-

Prof. Alexander TORRES MEGA
E mail: A.TorresMega@gmail.com
Desde Uruguay el Profesor Torres Mega nos da un ejemplo de como combatir a enemigos feroces como el marxismo, que utiliza la amoralidad como arma de destrucción de nuestras sociedades.

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